Torneo Apertura de fútbol 5
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Torneo Apertura de fútbol 5

2008
 
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 Reglamento de Competencias DE LA IGUANA FUTBOL CLUB.

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Reglamento de Competencias DE LA IGUANA FUTBOL CLUB. Empty
MensajeTema: Reglamento de Competencias DE LA IGUANA FUTBOL CLUB.   Reglamento de Competencias DE LA IGUANA FUTBOL CLUB. Icon_minitimeMiér Mar 12, 2008 2:49 pm

Advertencia Preliminar: Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicación para los campeonatos, torneos, partidos (amistosos u oficiales).

Información General.

Organizadores: Santander Juan Carlos, Zalazar Daniel
Teléfono / Fax: 3822210532. 3822502868
Dirección de correo electrónico: la_iguana_futbol_club@hotmail.com
Sedes de La IGUANA club: cancha de futbol tomasito (AV. San Francisco km 5 y 1/2)


A) Disposiciones Generales.


II - Requisitos para participar de los eventos

ART. 1º: Sólo podrán participar de los distintos eventos organizados por LA ORGANIZACIÓN las personas que posean ente 12 Y 18 años de edad, ambos inclusive (respetando sus categorías), y que presenten en tiempo y forma la totalidad de la documentación requerida para cada una de las competencias de que se trate, la documentación requerida es la siguiente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI).
b) se deberá presentar autorización expresa de los padres o tutor para participar de la actividad en cuestión.
c) Todo jugador deberá indicar expresamente antes de la iniciación de la competencia de que se trate, que acepta el presente reglamento en todas sus partes y que se somete a las decisiones y sanciones que le pudieren corresponder como consecuencia de la práctica de la actividad organizada.
d) Todo jugador deberá abonar los cánones exigidos por la competencia para la participación en los distintos eventos que se realizaren.

ART. 2°: LA ORGANIZACIÓN se reserva el derecho de admisión y permanencia de la totalidad de los equipos y/o personas que participen de cualquier actividad organizada por ella, no teniendo necesidad de expresar causa o motivo que justifique cualquier decisión que adopte en tal sentido.

B) DE LA COMPETENCIA

I - Normas Generales
ART. 3º.Cada equipo participante del torneo deberá estar constituidos obligatoriamente por jugadores o participantes de la misma escuela o institución de la misma categoría, permitiéndose incorporar un extranjero por equipo.
ART.4º. El extranjero que se incorpore deberá hacerlo en tiempo y forma al igual que el resto del equipo respetando la documentación requerida y su categoría.

ART.5º.Los participantes del torneo estarán divididos en 3 categorías:7mo y 8vo grado (año 96,95 y 94 inclusive), 9no y 1 polimodal (año 94,93 y 92 inclusive), y 2 polimodal y 3 polimodal (año 92,91 y 90 inclusive).
ART. 6º: Cada equipo participante de un torneo deberá presentar obligatoriamente antes del inicio del mismo una Lista de Buena Fe, que deberá contener como mínimo los nombres de cinco (5) jugadores y como máximo ocho (Cool jugadores. Esta disposición no regirá para los encuentros amistosos, donde la Lista de Buena Fe será abierta. La Lista de Buena Fe deberá encontrarse completa para tener por acreditados a los jugadores que la integran. Si hubiera confusión u omisión en la información de la misma respecto de algún jugador, se tomará en dicho caso, una interpretación en contra del equipo que cometió el error.

ART.7º: Toda persona o jugador que pretenda participar de las actividades de LA ORGANIZACION deberá cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en el presente Reglamento.

ART. 8º: Los equipos deberán inscribirse previamente a la iniciación de los torneos. Dicha inscripción se efectuará en las fechas y del modo que indique LA ORGANIZACIÓN
ART. 9º: El fixture completo de cada una de las zonas pertenecientes a los distintos eventos serán entregados luego de la primera fecha y nunca más allá de la tercera fecha de los torneos.

ART. 10º: LA ORGANIZACION publicará en la página web del torneo un informe todas las semanas, con las posiciones de los equipos, tabla de goleadores, amonestados, expulsados, sanciones, resultados de los partidos, horarios de la próxima fecha, y/o toda otra información concerniente a los distintos torneos que organiza. Quienes no dispongan de este medio deberán responsabilizarse de conocer toda la información correspondiente al torneo.

ART. 11º: Antes de cada partido el capitán deberá completar la planilla con la numeración que corresponde a cada uno de los jugadores, la posición que los mismos ocupen en la cancha. La ficha confeccionada por el capitán, deberá ser firmada por cada uno de los jugadores integrantes del equipo y la misma deberá ser entregada, junto con el costo del partido, a la persona responsable que designe LA ORGANIZACIÓN. Dichos requisitos, serán condiciones necesarias para el comienzo del partido y el árbitro designado o el responsable que designe LA ORGANIZACIÓN no comenzarán el encuentro hasta tanto hayan sido cumplidas las citadas condiciones.

ART. 12º: Es obligación de los jugadores y del capitán del equipo tener en su poder sus respectivos documentos de identidad, y exhibirlos antes, durante o después de cada partido, toda vez que les fuese requerido por autoridades de LA ORGANIZACIÓN, por el veedor designado o por el referee del encuentro. La no presentación del documento por parte del jugador, lo inhabilitará para integrar su equipo en esa oportunidad, pudiendo presentarlo dentro de las 48 horas hábiles siguientes en la sede de LA ORGANIZACIÓN si así lo autorizare la autoridad del encuentro. Si no se presentare en el plazo estipulado, el equipo al que pertenezca el jugador perderá los puntos y el jugador infractor será sancionado disciplinariamente. De serle solicitado a un jugador el Documento Nacional de Identidad a la finalización de un partido y el jugador se negare a exhibirlo, podrá ser pausible de sanción, tanto el jugador como el capitán del equipo.

ART. 13º: Tanto el capitán como el sub-capitán serán responsables de su equipo ante LA ORGANIZACION para el cumplimiento de todas las pautas estipuladas en este Reglamento y serán pausibles de sanciones cuando los integrantes del equipo no cumplan con las normas establecidas en él. LA ORGANIZACION,
ART. 14º: LA ORGANIZACION podrá desafectar a cualquier equipo o jugador que no respete las pautas establecidas para cada torneo. En ese caso, se actuará de la siguiente forma, teniendo en cuenta la cantidad de partidos jugados por el equipo retirado: a)Si el equipo hubiera jugado el 40% de los partidos del torneo, se modificaría el resultado de los partidos que haya jugado, aplicándose la ley de Walk-Over para todos los partidos que se hubieran jugado y los subsiguientes. b) Si el equipo hubiera jugado mas del 40% de los partidos, se aplicará la ley de Walk-Over para los partidos que resten jugarse por el equipo retirado, no modificándose los resultados de los partidos jugados. Asimismo, LA ORGANIZACIÓN podrá decidir la incorporación de un nuevo equipo y podrá fijar las condiciones en las cuales dicho equipo se incorporará al torneo ya en curso.

ART. 15º: Toda vez que se produzcan situaciones de equipos eliminados o retirados de los campeonatos, LA ORGANIZACIÓN realizará un informe y adoptará las medidas a que hubiere lugar.

ART. 16º: Tanto la fecha como el horario de un partido no podrán ser pospuestos, salvo circunstancias de fuerza mayor que así lo ameriten y únicamente quedará a exclusiva decisión de LA ORGANIZACIÓN su postergación o no. Un equipo no podrá tener mas de un partido postergado, y el mismo deberá ser jugado antes de la finalización del torneo. De creerlo conveniente para el normal desarrollo de la competencia, LA ORGANIZACIÓN podrá inhabilitar temporalmente la participación de uno o varios equipos por cuestiones organizativas. En caso de ser necesario realizar uno, o mas partidos, fuera del día previsto originalmente por LA ORGANIZACION, se reprogramará nuevamente dando aviso de la fecha y hora en que el o los partidos se llevarán a cabo.

ART. 17º: Si lloviera dentro de las cuarenta y ocho (48) horas previas al día de juego, será exclusiva responsabilidad de los capitanes informarse sobre la realización de la fecha, llamando al teléfono de la organización y escuchando el mensaje del contestador del mismo si fuera el mismo día del partido o al celular del encargado de Sede correspondiente. El conocimiento de todos los números de LA ORGANIZACION es responsabilidad de los capitanes, encontrándose los mismos publicados en la pagina web de la misma.

ART. 18º: Al solicitarse el cambio de horario de un partido se deberá llamar con mínimo 2 semanas de anticipación al teléfono de la organización y explicar los motivos de dicha solicitud. Toda comunicación efectuada fuera de dicho plazo, no tendrá validez alguna y el partido deberá disputarse en el horario prefijado por LA ORGANIZACION. El hecho de solicitar un cambio de horario no garantiza al solicitante que el mismo se realice, quedando a criterio de LA ORGANIZACIÓN la realización o no del cambio peticionado.

ART. 19º. Se encuentra prohibido jugar con botines que tengan tapones de aluminio, puntas de aluminio y/o cualquier elemento u objeto similar, como así también se encuentra prohibido el uso de pantalones largos con excepción de los arqueros. Además
ART. 20º: Todo jugador que no cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo precedente podrá ser sancionado por LA ORGANIZACION. Sin perjuicio de ello, el árbitro del encuentro u alguna autoridad de LA ORGANIZACIÓN podrán permitir que el partido en donde se acreditaren una o más infracciones al artículo precedente se lleve a cabo ; ello sin perjuicio de la sanción que pudiere corresponder al jugador y/o al equipo infractor.
ART. 21º: Los partidos se jugarán en dos (2) períodos de veinticinco (25) minutos cada uno, con un descanso de hasta diez (10) minutos entre ambos.

ART. 22º: Los partidos deberán comenzar puntualmente en la hora fijada por LA ORGANIZACIÓN. Existirá una tolerancia de cinco (5) minutos para el comienzo de los partidos. Si el equipo impuntual no tuviere una causa cuya gravedad justificare su tardanza, se le dará el partido por perdido por 3 a 0. Estará prohibido el perdón o pacto entre los equipos, con o sin intervención del veedor, por el cual se acuerde jugar por los puntos. La función del veedor se limitará a informar en la planilla el horario de inicio, sin estar obligado a notificarlo expresamente a los capitanes, dejando la decisión final a LA ORGANIZACION. Los derechos del equipo impuntual ante esta situación se limitarán exclusivamente a preguntar al veedor cual será su informe acerca del horario de inicio. Aun cuando el veedor prestare su conformidad expresa a tal acuerdo, el pacto no será válido. El partido podrá jugarse igualmente con la reducción de tiempo correspondiente y, excepcionalmente, los puntos de ese encuentro tendrán validez, sólo si luego del partido el equipo impuntual probare fehacientemente que la causa de su tardanza era grave. El otro equipo ( el puntual ) no podrá alegar que creía que los puntos no estaban en juego. En el caso de que ambos equipos lleguen más de cinco (5) minutos tarde, se le dará por perdido el partido a cada uno por separado. Las decisiones de LA ORGANIZACION sobre estas cuestiones no serán apelables, salvo cuando la misma lo crea conveniente.

ART. 23º: Cada equipo podrá efectuar hasta cuatro (4) cambios rotativos en cada partido considerándose cada reingreso como un cambio más. El cambio posicional del arquero se contará como un cambio más. El capitán del equipo que efectúe el cambio deberá informar tal circunstancia al veedor del partido. En caso contrario, será responsable disciplinariamente de las consecuencias que trajere la carencia de tal información. Asimismo, el capitán estará obligado a informar al veedor cualquier cambio de camiseta que se efectuare, como así también la incorporación de jugadores que se realicen una vez entregada la planilla del partido.

ART. 24º: Los equipos deberán estar listos para jugar el día y hora fijados por LA ORGANIZACION, salvo que expresamente se comunique lo contrario. Se entiende que un equipo estará listo para jugar cuando hubieren cuatro(4) de sus jugadores, que se encuentren cambiados y dentro del campo de juego, debiendo en dicho momento comenzar el partido.

ART. 25º: En el supuesto que un equipo contara con el mínimo de jugadores y uno de ellos fuera expulsado o tuviera que retirarse de la cancha por otro motivo, el partido quedara automáticamente concluido y se aplicará la ley del Walk-Over según los siguientes criterios: 1) Si el partido estuviera empatado, el resultado será favorable en 3 a 0 al equipo que permaneciera en la cancha con el mínimo de jugadores ; 2) Si el resultado fuera favorable para el equipo que quedara con menos jugadores que el mínimo estipulado, el resultado quedará anulado y se le dará el partido por perdido en 3 a 0 ; 3) Si el resultado al momento de dar por terminado el partido fuera favorable al equipo que quedara con el mínimo de jugadores en la cancha y por una diferencia mínima de 3 goles, se respetará el mismo resultado ; 4) Si el resultado al momento de dar por terminado el partido fuera favorable al equipo que quedara con el mínimo de jugadores por hasta dos (2) goles de diferencia, se aplicará la ley del Walk-Over y el resultado será de 3 a 0.

ART. 26º: Si por algún motivo el árbitro del partido lo diera por terminado antes de su finalización, la decisión sobre el resultado del mismo quedará a cargo de LA ORGANIZACION.

ART. 28º: Si una jornada se suspendiese por lluvia, la fecha suspendida pasará a ser la última en el fixture, a excepción de la primera fecha del torneo, en cuyo caso se jugará inmediatamente después de la fecha suspendida. Los partidos en que se hubiere aplicado la ley del Walk Over con anterioridad a la fecha de juego, será computados como "jugados" si dicha fecha se juega en el día establecido. Si esa fecha se suspendiera por lluvia, no se otorgará la ley del Walk Over ya que la fecha no se jugó.

ART. 29º: En el supuesto que existieren dos (2) o mas goleadores en una división, se llevará el premio aquel jugador cuyo equipo hubiere convertido más goles. De persistir la igualdad, será considerado el goleador el que hubiere concretado los goles en la menor cantidad de partidos jugados. En el supuesto que se registrare un empate de goleadores que pertenezcan a un mismo equipo, se definirá en primer lugar por la menor cantidad de partidos jugados y en segundo lugar por la menor cantidad de tarjetas acumuladas.


Última edición por Admin el Dom Abr 13, 2008 4:49 pm, editado 4 veces
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MensajeTema: Re: Reglamento de Competencias DE LA IGUANA FUTBOL CLUB.   Reglamento de Competencias DE LA IGUANA FUTBOL CLUB. Icon_minitimeMiér Mar 12, 2008 2:55 pm

ART. 30º: Un jugador que sufra una herida abierta o tenga una herida sangrante, deberá dejar el campo de juego hasta que deje de sangrar y la herida haya sido cubierta o vendada. Dicho jugador puede ser reemplazado transitoriamente mientras la herida es cubierta o vendada, sin límite de tiempo. En caso que un jugador deba reponer una lente de contacto podrá ser reemplazado transitoriamente con las mismas características que si fuera por herida sangrante. El jugador que ingresa en lugar del retirado por herida sangrante, debe ser anotado en la planilla respectiva en el momento de su ingreso.

ART. 31º: Salvo los jugadores o el árbitro no estará permitida la presencia de persona alguna dentro del perímetro de la cancha durante el desarrollo de los partidos. Como excepción se admitirán las siguientes : a) Durante los entretiempos y a fin de dar instrucciones a sus jugadores, a los entrenadores de los equipos, si los hubiera; b) También se podrán encontrar el fisioterapeuta del equipo y el representante del equipo.

ART. 32º: Solo el árbitro del partido es el que puede autorizar el ingreso al "área" de juego de cualquier otra persona. Todo incumplimiento a esta norma se considerará falta grave dando lugar a las actuaciones disciplinarias correspondientes. Por lo tanto, los suplentes, encargados o entrenadores y toda otra persona no autorizada deberá encontrarse fuera del alambrado perimetral.
Ningún jugador podrá abandonar la cancha durante el partido, salvo en el entretiempo, sin el permiso previo del árbitro que sólo lo concederá en casos especiales; asimismo el o los jugadores que hubieran dejado el campo de juego, deberán solicitar su consentimiento para poder reingresar.


II - Forma de los torneos

.
ART. 33º: El Torneo se desarrollará entre los meses de abril y junio de cada año. Dicho torneo se desarrollará conforme al sistema "todos contra todos" y en una sola ronda.

ART. 34º: Las posiciones de los equipos serán determinadas de acuerdo a la cantidad de puntos obtenidos, y si existiera una igualdad entre uno o más equipos en alguna posición, las pautas para determinar la ubicación final de cada equipo serán las siguientes: 1) Mayor diferencia de goles en la tabla general ; 2) Mayor cantidad de goles a favor en la tabla general ; 3) Resultado de los partidos entre los equipos empatados ; y 4) En el hipotético caso que los equipos siguieran empatados, se definirán sus posiciones finales con la realización de un partido entre ellos.

ART. 35º: El sistema de puntuación para la totalidad de los torneos será el siguiente: Partido ganado: 3 puntos ; Partido empatado:1 punto ; Partido perdido: 0 puntos. Para el caso que se aplicara la regla del "Walk Over", el resultado se considerará como si hubiera sido ganado por el equipo que se hubiere presentado al partido y se considerará como resultado del partido un 3 a 0, no adjudicándose goles a ningún jugador.

ART. 36º: Los ascensos y descensos en los Torneos se regirán por las siguientes reglas, a saber: Ascenderán los dos primeros equipos de la tabla de posiciones. En ambos Torneos descenderán los últimos dos equipos de cada zona.

ART. 37º: Cada año, antes de la iniciación de las actividades, LA ORGANIZACIÓN fijará el cánon que deberán abonar los equipos por partido, suma que deberán hacer efectiva antes del comienzo de cada uno de ellos. Así también fijará los importes que deberán abonar los equipos participantes en concepto de depósito, el cual será devuelto al final del torneo, salvo que el equipo no se presentare a un partido (Walk Over) o fuese expulsado por cuestiones graves (ej. Gresca general), circunstancias en las que perderá el depósito por completo.

ART. 38º: Antes del inicio de los torneos, todos los equipos deberán jugar por lo menos dos (2) partidos amistosos y abonar una inscripción por el equipo, que será establecida por LA ORGANIZACIÓN.

ART. 39º: La totalidad de los partidos programados para los torneos de fútbol 5 se jugarán sin la ley del off-side. Los partidos pertenecientes a esta categoría serán de cincuenta (50) minutos cada uno, los cuales serán dirigidos por un solo árbitro y los cambios se encuentran limitados a cuatro (4) por partido incluido el arquero, pudiendo ingresar nuevamente un jugador que ya hubiere estado en la cancha, contabilizándose el reingreso como cambio.

ART. 40º: En los partidos programados de Fútbol 5, en caso que un equipo contara con 4 jugadores y uno de ellos fuera expulsado, o bien tuviera que retirarse, automáticamente se dará por terminado el partido, aplicándose la ley del Walk Over, tomándose el resultado del partido cuando la aplicación de la ley citada perjudicare al equipo que estaba completo.


III - Veedores

ART. 41º: Son funciones de los veedores: informar en la planilla respectiva el horario de inicio del partido ; solicitar al menos dos (2) Documento Nacional de Identidad por equipo; podrán ingresar al campo de juego para alcanzar agua o el spray en caso de ser autorizados por el árbitro , y se encuentran autorizados a reintegrar la pelota suplente al campo de juego, solo si contasen con expresa solicitud del árbitro del partido. Los veedores NO recibirán las quejas de los equipos participantes que tuvieran relacionadas con la actuación del arbitro. No podrán opinar con ningún integrante de los equipos participantes ni con los árbitros, ni con el público sobre las distintas situaciones que se pudieran presentar en un encuentro. Dichas opiniones deberán ser trasmitidas directamente al Tribunal de Disciplina y a LA ORGANIZACIÓN. Cualquier queja o consulta que tuviera relacionada con la actuación de los veedores, podrá realizarse a través de la dirección de correo electrónico: la_iguana_futbol-club@hotmail.com, aclarando nombre, apellido, zona y equipo al que pertenece el solicitante.


C) DE LA DISCIPLINA.

I - Competencia


ART. 42º: El Tribunal de Disciplina tiene competencia para :
1) Intervenir en caso de infracción a las leyes del juego y/o reglamentos y/o normas complementarias de las mismas, siempre que se trate de actos o hechos cometidos en ocasión de cualquier partido, competencia o torneo que organice, supervise, autorice, controle o patrocine la ORGANIZACION, imputados o atribuidos a los equipos, jugadores, árbitros y sus colaboradores, entrenadores, encargados o personas que en alguna forma se relacionen activa o pasivamente con dicha práctica, y en aquellos asuntos o causas que le encomiende las autoridades de la ORGANIZACION.
2) Aplicar sanciones a jugadores, entrenadores, encargados de equipos, coachs, árbitros y, en general, a toda persona física vinculada con la totalidad de los eventos que lleve a cabo la ORGANIZACION, aún en calidad de espectador.
3) Proponer a las autoridades de la ORGANIZACION la sanción que estime corresponda aplicar cuando : a) tratándose de personas físicas la sanción supere el término de un (1) año ; b) se trate de cualquier tipo de sanción referida a equipos participantes de los torneos ; c) se trate de cualquier tipo de sanción referida a árbitros y jueces de línea oficiales.

II - Funcionamiento

ART. 43º: El Tribunal de Disciplina se reunirá en forma ordinaria por lo menos una vez por semana durante la temporada oficial y en forma extraordinaria cuando sea convocada por las autoridades de la ORGANIZACION. Al comenzar cada temporada oficial la ORGANIZACION establecerá los días y horas de reunión y procederá a su puesta en conocimiento a los equipos participantes de los distintos torneos que lleve a cabo la ORGANIZACIÓN.


III - Hechos o conductas sancionables
ART. 44º: Se consideran hechos o conductas sancionables cometidas por personas físicas:
44.1. Faltas de respeto, insultos, agresiones de palabra o de hecho a jugadores, árbitros y sus colaboradores, entrenadores, coachs, autoridades y, en general, a toda persona que actúe en cualquier carácter en la totalidad de los eventos que realice LA ORGANIZACION, aún como espectador.
44.2 Violación de normas estatutarias y/o reglamentaciones de la ORGANIZACION y hechos o conductas que lesionen los principios básicos del juego limpio y de la lealtad en el deporte.

ART. 45º: Se consideran hechos o conductas sancionables cometidos por los equipos:
45.1 Las mencionadas en el artículo anterior.
45.2 Omisiones y/o negligencias en prevenir y controlar debida y razonablemente el orden en las instalaciones de la ORGANIZACIÓN para evitar las conductas mencionadas en el artículo anterior.
45.3 Omisiones, negativas o reticencias en prestar a la ORGANIZACION la debida colaboración para investigar y esclarecer los hechos o conductas sancionables.
45.4 Abandono del campo de juego por parte de los equipos, por decisión de los jugadores, capitanes o entrenadores y/o cualquier persona representativa de los mismos, con anterioridad a que los árbitros den por finalizados los partidos, todo ello sin perjuicio de la intervención que le quepa a las autoridades de la ORGANIZACION, dentro del ámbito de sus funciones y facultades.



IV - Sanciones

ART. 46º: Son sanciones aplicables a personas físicas :
a) Amonestación : constituye antecedente a los fines del cómputo para la aplicación de futuras sanciones y la reiteración de cinco (5) amonestaciones en el mismo año constituye antecedente a los fines del cómputo para la aplicación de suspensión.
b) Retiro temporario : constituye antecedente únicamente a los fines del cómputo para la aplicación de suspensión.
c) Suspensión : comprende la prohibición de realizar o participar en toda o cualquier actividad relacionada con el deporte que estuviere practicando y que motivara la aplicación de la sanción.

ART. 47º: Constituye sanción independientemente de las mencionadas en el art. 46, la de inhabilitación, o cualquier otra a criterio del Tribunal de Disciplina, a la que podrá aplicarse para el desempeño de funciones determinadas (capitán, encargado de equipo, u otras). En ese caso deberá dejarse debida constancia que la sanción se aplica por un término distinto debido a tal condición del sancionado.
ART. 48: Son sanciones aplicables a equipos que participen de los distintos eventos llevados a cabo por la ORGANIZACION :
a) Llamado de atención, que causa antecedente.
b) Apercibimiento, que causa antecedente.
c) Suspensión de invitación.
d) Cancelación de invitación.


V - Reglas Generales
ART. 49º: El monto mínimo o máximo de las sanciones previstas en el presente reglamento implican un marco de referencia del cual el Tribunal de Disciplina y las autoridades de la ORGANIZACION podrán apartarse con fundamento en las circunstancias del caso.

ART. 50º: Podrán aplicarse sanciones de suspensión equivalentes a determinada cantidad de partidos oficiales. En tal caso, si excediesen el término de una temporada, podrá disponerse que se cumplan efectivamente en los partidos oficiales de la próxima.

ART. 51º: El Tribunal de Disciplina podrá incrementar el término de suspensión cuando la sanción fuera impuesta a un jugador que ostentara la capitanía de su equipo en el partido en cuestión. En ese caso deberá dejarse debida constancia que la sanción se aplica por un término mayor debido a la condición de capitán del sancionado.

ART. 52º: En la graduación de las sanciones, su aplicación en suspenso o reducción en los casos correspondientes se deberá tener en cuenta : a) los antecedentes disciplinarios; b) las circunstancias y características del hecho ; c) las advertencias previas del árbitro, en caso de haber existido ; d) el riesgo físico en caso de agresiones de hecho ; e) la lesión a los principios del juego limpio.

VI - Sanciones a personas físicas

Con el árbitro o con cualquier colaborador de éste
ART. 53º : Las sanciones mencionadas en el artículo 46 se aplicarán según la descripción de conductas que, en cada caso, a continuación se detallan :
53.1 Protestar fallos : suspensión de una (1) a tres (3) fechas.
53.2 Faltar el respeto, burlarse o mofarse : suspensión de una (1) a tres (5) fechas.
53.3 Insultar : suspensión de una (1) a cinco (5) fechas.
53.4 Amenazar : suspensión de dos (2) a cinco (5) fechas.
53.5 Intentar agredir de hecho : suspensión de tres (3) fechas a cinco (5) años.
53.6 Agredir de hecho : suspensión de diez (10) fechas hasta perpetuidad.

Con jugador o jugadores adversarios
53.7 Juego Brusco: suspensión de una (1) a tres (3) fechas.
53.8 Juego Brusco Grave: suspensión de dos (2) a cinco (5) fechas.
53.9 Intentar agredir de hecho : suspensión de dos (2) a cinco (5) fechas.
53.10 Los que participaren en agresión de hecho y en tumulto o gresca : suspensión de cinco (5) fechas hasta tres (3) años.
53.11 En los casos de tentativas de conductas mencionadas en los incisos anteriores los plazos de sanción se podrán reducir.

Con el público
53.12 El que formando parte del juego como jugador, árbitro, o sus colaboradores, entrenador, asistente o aún como espectador, faltare el respeto al público : suspensión de un (1) mes hasta tres (3) años.
53.13 El que formando parte del juego como jugador, árbitro o sus colaboradores, entrenador, asistente o aún como espectador, agrediere de hecho al público : suspensión de doce (12) meses hasta cinco (5) años.

Otras inconductas
53.14 Toda expulsión por Doble Amonestación no recibirá sanción de fechas al menos que luego de la misma ocurran reacciones u actos (Agresión Verbal, Agresión Física, Negarse a retirar de la cancha, etc) que lleven al Tribunal a tomar la decisión de suspender al jugador de la misma manera que la expulsión por Roja Directa.
53.15 El jugador que en un año calendario hubiere sido amonestado (tarjeta amarilla) en (5) cinco oportunidades : suspensión de una fecha.
53.16 El jugador que encontrándose fichado para un equipo jugare partidos oficiales para otro sin contar con autorización de la ORGANIZACIÓN : suspensión de una fecha.
53.17 El jugador que encontrándose suspendido provisoria o definitivamente realizare o participare en alguna actividad relacionada con el evento en el cual hubiere sido sancionado : suspensión de hasta dos (2) fechas, si no le correspondiere otra sanción mayor por la índole de la falta cometida.


VII - Sanciones a los equipos
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MensajeTema: Re: Reglamento de Competencias DE LA IGUANA FUTBOL CLUB.   Reglamento de Competencias DE LA IGUANA FUTBOL CLUB. Icon_minitimeMiér Mar 12, 2008 2:55 pm

ART. 54º: Las sanciones mencionadas en el art. 48 se propondrán según la descripción de las conductas que, en cada caso, a continuación se detallan :
ART. 54.1 Falta de respeto al árbitro o al público por parte de responsables, encargados, entrenadores, asistentes, jueces de línea no oficiales, público o jugadores del equipo : suspensión del equipo de dos (2) fechas hasta un (1) año.
ART. 54.2 Agresión de hecho al árbitro o al público o a jugadores por parte de responsables encargados, entrenadores, asistentes, jueces de línea no oficiales, público o jugadores del equipo : suspensión del equipo de doce (12) meses a cinco (5) años.
ART. 54.3 Falta de colaboración, negativa a prestarla, omisiones o reticencias para individualizar a responsables de invasiones de canchas, tumultos u otras inconductas; demora o reticencia en cumplir con requerimientos del Tribunal de Disciplina o de las autoridades de la ORGANIZACION : apercibimiento o suspensión de una (1) fecha.
ART. 54.4 Invasiones de canchas, tumultos o grescas generalizados en los cuales hubieren participado jugadores, entrenadores, responsables, encargados, asistentes, jueces de línea no oficiales o público de la entidad : apercibimiento o expulsión del equipo.
ART. 54.5 Reiteración en más de tres (3) ocasiones en el año calendario de conductas mencionadas en los incisos anteriores, que hubieren merecido la sanción de apercibimiento : suspensión del equipo o cancelación de la invitación.
ART. 54.6 Permitir o no impedir que el equipo, en partidos oficiales, se integre con jugadores fichados en otros y que no hubieren sido autorizados por la ORGANIZACION : suspensión del equipo de hasta 2 (dos) fechas.
ART. 54.7 Abandono del campo de juego por parte del equipo, sea por decisión de sus encargados, responsables, entrenadores, capitanes o jugadores: apercibimiento o suspensión de una (1) fecha.
ART. 54.8 El equipo que, en una temporada hubiere sido apercibido en tres (3) oportunidades : suspensión de una (1) fecha.
ART. 54.9 Todas las actitudes o reacciones tomadas por el jugador luego de una expulsión en un partido serán tomadas en cuenta por el Tribunal de Disciplina. Ante todas las agresiones GRAVES del tipo verbal o física, el Tribunal podrá tomar la decisión de expulsar, al equipo o al jugador, del torneo.
Si durante el transcurso del partido LA ORGANIZACIÓN entiende u observa que este en peligro la integridad física de uno o más jugadores o el desarrollo normal del encuentro, tendrá la facultad de suspenderlo y decidir, junto con el Tribunal de Disciplina las consecuencias.


VIII - De los procedimientos

ART. 55º: El procedimiento para la aplicación de sanciones previstas en este reglamento deberá procurar la determinación de la verdad real de los hechos y conductas, respetando el derecho de defensa de quienes estuvieren involucrados en los mismos.

ART. 56º: El informe del árbitro hace plena prueba de los hechos y conductas, salvo que el Tribunal de Disciplina o las autoridades de la ORGANIZACION ameriten, con fundamento en circunstancias precisas y concordantes, apartarse del mismo.

ART. 57º: El procedimiento se iniciará, exclusivamente, por los siguientes medios :
a) por informe del árbitro, sea éste oficial o no oficial.
b) por denuncia que efectúe algún equipo participante, suscripta por su capitán y encargado.
c) a requerimiento de las autoridades de la ORGANIZACION, en los casos que éste lo considere.
El Tribunal de Disciplina no tomará intervención ni dará comienzo a ninguna actuación de oficio. Deberá rechazar, sin sustanciación alguna, cualquier petición en tal sentido que no se encuentre comprendida o no cumpla con los recaudos establecidos en el presente artículo.

ART. 58º: Las actuaciones tienen el carácter de reservadas, las solicitudes de vistas, obtención de copias de las mismas o acceso al expediente, podrán ser autorizadas por el Tribunal de Disciplina. Sólo estarán habilitados en calidad de partes en el procedimiento, las personas físicas o equipos involucrados en los hechos y conductas que pudieran dar lugar a sanción disciplinaria.


ART. 59º : Sólo se considerarán amonestaciones aquellas que surjan en forma expresa del informe del árbitro o de la tarjeta del partido. Cuando por acumulación de amonestaciones correspondiere la aplicación de sanción, ésta será notificada a través de la página web de la ORGANIZACION, sin necesidad de sustanciación alguna.
ART. 60º: La persona expulsada quedará, sin necesidad de notificación o comunicación alguna por parte del Tribunal de Disciplina, automáticamente suspendida en forma provisoria y deberá corroborar si se le ha aplicado alguna sanción, a través de la página web de la ORGANIZACIÓN.


IX - De los recursos
ART. 61º: Podrá interponerse recurso de reconsideración contra toda decisión del Tribunal de Disciplina dictada en el marco de las facultades sancionatorias que le son propias. Dicho recurso deberá deducirse por escrito y deberá ser dirigido al Tribunal de Disciplina dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles de notificada la sanción. El recurso deberá ser remitido a través de la dirección de e-mail: la_iguana_futbol_club@hotmail.com

ART. 62º: El recurso deberá ser firmado por el capitán del equipo, donde se deberán detallar los datos del partido en donde se produjera la expulsión, los motivos en que se funda el recurso, y los atenuantes que deberían ser tomados en cuenta por el Tribunal para resolver la cuestión.

ART. 63º: El Tribunal de Disciplina se tomará el tiempo que sea necesario para expedirse sobre la procedencia del recurso, siendo su rechazo inapelable. En ese caso, quedará firme la sanción impuesta oportunamente y que fuera publicada en la página web de la ORGANIZACIÓN.

ART. 64º: Los únicos autorizados para interponer el recurso de reconsideración son los dos representantes de los equipos participantes en el torneo o evento de que se trate y en el supuesto caso que ello no fuera posible, la presentación la realizará el jugador que hubiere sido el capitán del equipo en el último partido disputado.


D) DE LOS ARBITROS.
ART. 65º: Para todo partido programado por LA ORGANIZACIÓN habrá un árbitro. Ningún partido oficial o amistoso, podrá ser arbitrado por persona que sea menor de 18 años.

ART. 66: No hallándose presente ningún árbitro designado, también podrá realizarse el partido bajo el control de un árbitro que sea aceptado por ambos Capitanes y/o Encargados, debiendo dejar éstos en la planilla respectiva expresa constancia de su conformidad, previamente a la iniciación del partido.

ART. 67: El árbitro que comience un encuentro debe finalizarlo estándole prohibido entregar el arbitraje a otro, salvo que sufra alguna lesión durante el partido y no pueda seguir dirigiendo, circunstancia en la que deberá designar un reemplazante.

ART. 68º: LA ORGANIZACIÓN sancionará severamente a quien falte el respeto a un árbitro o a un juez de línea, dentro o fuera de la cancha, durante el partido o aún después de finalizado.

ART. 69º: Antes de la iniciación del partido, el árbitro deberá verificar el correcto llenado de la planilla del encuentro, la que deberá contener los datos requeridos por LA ORGANIZACION, debiendo exigir la presencia física del profesional médico encargado de la sede.

ART. 70º: Los árbitros tienen la obligación de informar por escrito a LA ORGANIZACION dentro de las 48 horas de disputado el encuentro, sobre el desarrollo del encuentro como así también respecto de cualquier anormalidad que se suscite, antes, durante o después del partido que hubieren tenido a su cargo.

ART. 71º: Los árbitros están facultados por sí o a pedido del Capitán y/o Encargado de cualquier equipo, para exigir a cualquier jugador o Encargado que acredite su identidad.

ART. 71º: El árbitro del partido es la autoridad dentro del campo de juego ; es quien controla el tiempo de juego ; quien toma las medidas disciplinarias dentro del campo de juego ; solicita a los veedores que le alcancen la segunda pelota, y quien además solicita la asistencia a un jugador dentro del campo de juego.

ART. 72º: Si durante un partido, un jugador o espectador es expulsado y el árbitro solicita que esa persona sea retirada y no lo hace, el partido podrá ser suspendido y el equipo al cual pertenece o resulta ser simpatizante la persona expulsada podrá perder los puntos del mismo por Walk Over.

ART. 73º: El árbitro no permitirá que personas sin su autorización ingresen o permanezcan dentro del campo de juego. Si así ocurriera comunicará a LA ORGANIZACION para que se tomen las medidas necesarias. Además, el árbitro podrá no comenzar un partido si no hubieran garantías necesarias de que el mismo se desarrollará con normalidad. En ese caso, deberá comunicarlo a LA ORGANIZACIÓN.

ART. 74º: La ORGANIZACION podrá modificar, total o parcialmente el presente Reglamento cuando lo estime conveniente para un mejor desenvolvimiento de los torneos o eventos que organice dentro de su órbita.-
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